Fuente: https://actualidadjuridica.doe.cl/corte-de-valparaiso-ordena-apagar-pantallas-del-casino-del-mar-por-contaminacion-luminica/
Además, deberá instalar barreras físicas filtros o apantallamientos que impidan la proyección directa de luz hacia los inmuebles habitacionales colindantes.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de protección Rol N° 4836-2025, presentado por un residente de Viña del Mar contra Casino del Mar S.A., por la instalación de dos pantallas publicitarias que afectaban su descanso nocturno. En fallo de 21 de octubre de 2025, el tribunal estimó que la luminosidad permanente vulnera los derechos a la integridad física y psíquica y al medio ambiente libre de contaminación reconocidos en el artículo 19 N° 1 y N° 8 de la Constitución.
El tribunal rechazó los argumentos de la empresa sobre extemporaneidad y falta de legitimación activa, considerando que el afectado tomó conocimiento del hecho recién en agosto de 2025. Además, precisó que el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación puede invocarse de forma individual cuando afecta la salud o bienestar personal, aunque la situación tenga alcance colectivo.
La Corte destacó que las pantallas, con una luminancia nocturna equivalente a 59 candelas por metro cuadrado, permanecían encendidas entre las 00:00 y las 07:00 horas, contraviniendo el Decreto N°1 del Ministerio del Medio Ambiente de 2023, vigente desde octubre de 2024, que exige apagar avisos luminosos durante ese horario. El tribunal citó expresamente el artículo 8°, inciso penúltimo, de dicha norma, que prohíbe el funcionamiento de letreros luminosos en horario nocturno por su impacto sobre la salud y la biodiversidad.
La ratio decidendi se fundó en que mantener encendidas las pantallas durante la noche constituye un acto ilegal que perturba el ejercicio de derechos constitucionales, y que la ausencia de autorización específica para esa fuente lumínica impide considerarla una actividad lícita.
En consecuencia, la sentencia ordenó apagar las pantallas del frontis del Casino entre las 00:00 y las 07:00 horas, e instalar barreras físicas o filtros que impidan la proyección directa de luz hacia inmuebles habitacionales colindantes.
Corte de Apelaciones de Valparaíso Rol N° 4836-2025
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